miércoles, 2 de abril de 2008

Cultura de la Prevención: Mujer prevenida vale por dos

El siguiente es un artículo que escribí para la materia Seguridad, Defensa y Desarrollo del postgrado, que me gustó y como tiene que ver con mi trabajo de investigación, decidí montarlo. Que lo disfruteis, jajjjajajjajaj.

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Cultura de la Prevención: Mujer prevenida vale por dos

La prevención, según el sitio web de la Real Academia Española, es la “Preparación y disposición que se hace anticipadamente para evitar un riesgo o ejecutar algo”.

Partiendo de esta premisa, nos preguntamos qué tipo de preparación puede tener una mujer para evitar el riesgo de ser víctima de la violencia. Actualmente, hay mujeres que reciben desde insultos, descalificaciones, carencias económicas para sostener el hogar, hasta brutales golpes y violaciones constantes por parte de sus novios, esposos o concubinos.

Suponemos que las mujeres se someten a esta situación por múltiples razones: por miedo a sus victimarios, por no separar a sus hijos de los padres, por incapacidad económica, por no tener un lugar a dónde ir, por no recibir el apoyo de su familia, por desconocer que tienen derecho a ser protegidas por el Estado a través de diversas instancias o sencillamente, por considerar, de acuerdo a sus sistemas de creencias y al mejor estilo de la caricatura “Ignacio y la Gata Loca”, que recibir malos tratos por parte de su pareja son manifestaciones de amor.

Pero realmente existen mecanismos que contribuyan a la prevención de la violencia a la que se someten muchas mujeres.

Recientemente entró en vigencia la “Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia” aprobada el lunes 19 de marzo de 2007, y publicada en Gaceta Oficial número 38.647, la cual derogó a la anterior “Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia” del año 1998.

Esta nueva ley contempla la prevención de la violencia en contra de las mujeres tal como lo refleja su objeto en el primer artículo:

Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto garantizar y promover el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia creando condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos, impulsando cambios en los patrones socioculturales que sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres, para favorecer la construcción de una sociedad democrática, participativa, paritaria y protagónica.

A lo largo de la ley se refuerza la idea de la necesidad de la prevención sobre la violencia en el ámbito de las políticas públicas, se contempla la asignación de recursos presupuestarios para los distintos Poderes Públicos y la creación de programas educativos.

Una de las novedades de este instrumento legal es que introduce nuevas categorías de violencia que no estaban contempladas en la antigua ley, estas son: violencia psicológica, acoso u hostigamiento, amenaza, violencia física, violencia doméstica, violencia sexual, acceso carnal violento, prostitución forzada, esclavitud sexual, acoso sexual, violencia laboral, violencia patrimonial y económica, violencia obstétrica, esterilización forzada, violencia mediática, violencia institucional, violencia simbólica; tráfico de mujeres, niñas y adolescentes; y trata de mujeres, niñas y adolescentes.

Según el documento legal es el Instituto Nacional de la Mujer el órgano rector de formular las políticas de prevención y atención de la violencia contra las mujeres, pero también se determina cuál es la participación de cada uno de los organismos públicos relacionados con la materia, prácticamente todo el Estado venezolano está involucrado.

Otra idea que introduce la “Ley orgánica por los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia” es la necesidad de difundir, a través de distintos medios de comunicación, las campañas de prevención y los derechos que tienen las mujeres.

Es importante resaltar que, basada en este nuevo instrumento, el año pasado se desarrolló la campaña de prevención “Cuenta tres: tú, ella, tu familia”, enfocadas hacia los hombres de Venezuela y América Latina, y liderada por el Sistema de las Naciones Unidas en Venezuela-ONU y la Fundación Banco Fondo Común (FBFC), y con la participación de varios organismos. Del sector privado participó: Fundación Banco Fondo Común. Del sector público nacional participaron: el Instituto Nacional de la Mujer, Instituto Metropolitano de la Mujer, Banco de Desarrollo de la Mujer, Defensoría de la Mujer, Defensoría del Pueblo, Asamblea Nacional (Comisión Familia, Mujer y Juventud), Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e Información, Centro de Estudios de la Mujer de la UCV. Entre las organizaciones no gubernamentales: PROSALUD, AVESA, PLAFAM, COMSALUD, FUNDAMUJER y Casa de la Mujer de Río Caribe. Y del Sistema de las Naciones Unidas en Venezuela participaron: Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNDU), Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM).

Muchas son las interrogantes que nos vienen en cuanto a cuál o cuáles deberían ser las orientaciones de las campañas divulgativas sobre prevención para que realmente sean efectivas y logren su objetivo: evitar que las mujeres lleguen a ser víctimas de violencia. Nos preguntamos cómo deberán ser estructurados los mensajes de dichas campañas comunicacionales, ahora cuando han sido reconocidas diecinueve categorías de violencia.

Creemos que el problema de la violencia en nuestra sociedad es tan complejo, que para tratar de erradicarlo o por lo menos minimizarlo deben implementarse esfuerzos mancomunados por parte de los organismos del Estado en estrecha comunicación con la sociedad civil organizada.

A manera de cierre, y para contribuir con esta dimensión de la cultura de la prevención que se está desarrollando en Venezuela, proponemos un slogan que podría ser utilizado en alguna campaña:
Mujer prevenida vale por dos: conoce tu “Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia”.

Referencias Bibliográficas

Real Academia Española. . [On-line].
Disponible en:
http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=prevención


Defensoría del Pueblo. Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia. [On-line].
Disponible en:
http://www.defensoria.gob.ve/archivos/23000401/Ley%20Org%20Derecho%20mujeres%20vida%20libre%20de%20violencia.pdf


Quintero, E.
Otro esfuerzo por una vida libre de violencia. Martes 4 de diciembre de 2007. [On-line].
Disponible en:
http://elianaquintero.blogspot.com/2007/12/otro-esfuerzo-por-una-vida-libre-de.html


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